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miércoles, 16 de septiembre de 2015

Dockweiler reconoció en 2014 que cobraba Bs 13.500 mensuales de Mi Teleférico

El gerente ejecutivo de Mi Teleférico, César Dockweiler, reconoció en noviembre de 2014 que cobraba Bs 13.500 mensuales de esa empresa estatal. Lo hizo en el programa Encuentros de radio Gente, que dirigía el periodista Gonzalo Rivera. Dockweiler explicó que su salario en la empresa era el de un funcionario público.

"Estamos hablando de un nivel gerencial, pero no nos salimos de la escala salarial que está establecida (...) alrededor de Bs 13.500", afirmó. Estas declaraciones contradicen las que realizó recientemente a la prensa donde aseguró que hasta julio de 2015 no cobró "un centavo" de la empresa estatal Mi Teleférico.

El exmilitar indicó que era la Fuerza Aérea Boliviana (FAB) la que le pagaba su salario hasta esa fecha. Recibir doble remuneración del Estado está prohibido por ley. Dockweiler era militar de la FAB desde los años 90. En el 2010 comenzó a asesorar al Ministerio de Obras Públicas y en mayo de 2014 asumió el cargo de gerente ejecutivo de Mi Teleférico, puesto que ostenta en la actualidad.

Sin embargo, varios medios de comunicación constataron que durante ese tiempo su nombre siguió apareciendo en las listas de la FAB como militar activo. Tras la posibilidad de que estuviera percibiendo dos salarios de ambas instituciones públicas desde 2010 hasta 2015, Dockweiler explicó que en ese tiempo estuvo en Comisión de la FAB trabajando para el Ministerio de Obras públicas pero que su salario se lo pagaba la institución militar.

Después solicitó su retiro voluntario para ser un "soldado del proceso de cambio", en alusión a su cargo en la empresa de transporte por cable. Según Dockweiler, su retiro se hizo efectivo en junio de este año y a partir de julio comenzó a percibir el salario de Mi Teleférico.

Este medio verificó que la Ley Orgánica de Fuerzas Armadas (LOFA) no permite a los militares en Comisión recibir haberes de dicha institución, por lo que no podría haber percibido durante ese tiempo salario de la FAB sino del ministerio de Obras Públicas y la empresa Mi Teleférico.

El Decreto Supremo 2242 de 8 de enero de 2015 que reglamenta la ley 614 del Presupuesto General del Estado, establece que "independientemente de la fuente de financiamiento, tipo de contrato y modalidad de pago, se prohíbe la doble percepción de remuneraciones por concepto de ingresos como servidor público o consultor de línea y simultáneamente percibir renta como titular del Sistema de Reparto, dietas, honorarios por servicios de consultoría de línea o producto, u otros pagos por prestación de servicios con cargo a recursos públicos".

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